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Actualización de listado de sustancias controladas por SEDRONAR (Decreto 743/2018)

Decreto 743/2018

El Gobierno actualizó los listados de precursores, sustancias o productos químicos que, por sus características o componentes, puedan servir de base o ser utilizados en la elaboración de estupefacientes.

La nueva nómina figura en el anexo del decreto 743/2018, que se publicó el lunes 13/08/2018 en el Boletín Oficial y tendrá vigencia a partir del día 24/08/2018.

Principales cambios:

  • Se agregó Cloroformo a la Lista I como sustancia que puede ser empleada en la fabricación ilícita de Cocaína.
  • Se agregó Bicarbonato de Sodio a la Lista III como sustancia que puede ser empleada en la fabricación ilícita de Cocaína.
  • Se agregó Fósforo Rojo y Nitrometano a la Lista I como sustancias que pueden ser empleada en la fabricación ilícita de Metanfetamina.
  • Se agregó Cianuro de Potasio y Cianuro de Sodio a la Lista III como sustancia que puede ser empleada en la fabricación ilícita de Metanfetamina.
  • Se agregó α-Fenilacetoacetamida (APAA), Cloroefedrina, Cloroseudoefedrina,  PMK-Glicidato y Etilamina (Monoetilamina) a la Lista I como sustancias que pueden ser empleadas en la fabricación ilícita de estimulantes de tipo anfetamínico.
  • Se agregó N-Fenetil-4-Piperidona (NPP) y 4-Anillo-N-Fenetilpiperidina (ANPP) a la Lista I como sustancias que pueden ser empleadas en la fabricación ilícita de Fentanilo.
  • Se agregó Ergocristina a la Lista I como sustancia que puede ser empleada en la fabricación ilícita de dietilamida de ácido lisérgico (LSD).
  • Se agregaron los Ésteres de Ácido Fenilacético a la Lista I comos sustancias que pueden ser empleadas en la fabricación ilícita de Metanfetamina. Cabe aclarar que estaba en esta lista el ácido y sus sales.
  • El Tolueno, actualmente de Lista II, puede ser empleado en la fabricación ilícita de Cocaína, por lo que resultó apropiado recategorizarlo a la Lista I.
  • El Ácido Yodhídrico, actualmente de la Lista III, puede ser empleado en la fabricación ilícita de Metanfetamina, por lo que resultó apropiado recategorizarlo a la Lista I.

Decreto 743/2018

Para mayor información vea el Decreto del Boletín Oficial:

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