El Gobierno actualizó los listados de precursores, sustancias o productos químicos que, por sus características o componentes, puedan servir de base o ser utilizados en la elaboración de estupefacientes.
La nueva nómina figura en el anexo del decreto 743/2018, que se publicó el lunes 13/08/2018 en el Boletín Oficial y tendrá vigencia a partir del día 24/08/2018.
Principales cambios:
- Se agregó Cloroformo a la Lista I como sustancia que puede ser empleada en la fabricación ilícita de Cocaína.
- Se agregó Bicarbonato de Sodio a la Lista III como sustancia que puede ser empleada en la fabricación ilícita de Cocaína.
- Se agregó Fósforo Rojo y Nitrometano a la Lista I como sustancias que pueden ser empleada en la fabricación ilícita de Metanfetamina.
- Se agregó Cianuro de Potasio y Cianuro de Sodio a la Lista III como sustancia que puede ser empleada en la fabricación ilícita de Metanfetamina.
- Se agregó α-Fenilacetoacetamida (APAA), Cloroefedrina, Cloroseudoefedrina, PMK-Glicidato y Etilamina (Monoetilamina) a la Lista I como sustancias que pueden ser empleadas en la fabricación ilícita de estimulantes de tipo anfetamínico.
- Se agregó N-Fenetil-4-Piperidona (NPP) y 4-Anillo-N-Fenetilpiperidina (ANPP) a la Lista I como sustancias que pueden ser empleadas en la fabricación ilícita de Fentanilo.
- Se agregó Ergocristina a la Lista I como sustancia que puede ser empleada en la fabricación ilícita de dietilamida de ácido lisérgico (LSD).
- Se agregaron los Ésteres de Ácido Fenilacético a la Lista I comos sustancias que pueden ser empleadas en la fabricación ilícita de Metanfetamina. Cabe aclarar que estaba en esta lista el ácido y sus sales.
- El Tolueno, actualmente de Lista II, puede ser empleado en la fabricación ilícita de Cocaína, por lo que resultó apropiado recategorizarlo a la Lista I.
- El Ácido Yodhídrico, actualmente de la Lista III, puede ser empleado en la fabricación ilícita de Metanfetamina, por lo que resultó apropiado recategorizarlo a la Lista I.